martes, 8 de diciembre de 2009

AMPI: Encuentro de evaluación y cierre año 2009

La Asociación de Mujeres Profesionales por la Integración y la Igualdad, AMPI, realizará el ENCUENTRO DE EVALUACIÓN Y CIERRE, AÑO 2009, el próximo viernes 11 de diciembre.

En el evento presentaremos el Informe de Evaluación del primer año de existencia de AMPI y propiciaremos un debate conjunto sobre las estrategias de trabajo a seguir durante el 2010, con vistas a promover el empoderamiento y la visibilización de las mujeres profesionales extranjeras en España.

Lugar: Hotel Catalonia Centro, Salón Murillo, calle Goya 49, metro Velázquez (L4), teléfono: 917814949.
Día: 11 de diciembre 2009.
Hora: 11:00 –14:00

AMPI PRESENTE EN LA "JORNADA DE INMIGRACIÓN CUALIFICADA"

AMPI participó activamente en la Jornada de Inmigración Cualificada en España, organizada por INPROÍN y que se llevó a cabo el pasado 23 de noviembre. En este encuentro, Mónica Di Nubila, representante de AMPI, presentó la ponencia sobre “Inmigración y Género”, que reproducimos a continuación.


“Inmigración y Género”

1. Reflexiones preliminares.

Agradecemos la oportunidad que se nos brindó de hablar en estas Jornadas sobre Inmigración y género. Han pasado durante el día muchos ponentes, se han abordado muchos aspectos pero todavía no se ha puesto sobre la mesa la situación de las mujeres en relación con la inmigración.

En el inicio el tema de la mesa y la jornada, especialmente el lema me plantearon algunos interrogantes. Con frecuencia hablamos de estudiantes extranjeros, profesores extranjeros invitados en las Universidades, ingenieros extranjeros para dirigir obras importantes, diseñadores extranjeros para marcar las tendencias de la moda, deportistas extranjeros como reclamo para negocios millonarios, y así podría seguir enumerando personas y profesionales relevantes en la sociedad y que ocupan espacios destacados en la prensa, todo ello marcado con una nota de prestigio. Al margen del posible origen científico de la designación, estas etiquetas tienen trascendencia social, y por eso dejo la pregunta ¿inmigrantes o extranjeros o extrajeras?

También parece que esta mesa invita a contar un viaje. Mucha gente hizo viajes a lo largo de la historia, incluso hacerlos daba prestigio, quizá hoy muchas, muchos estamos devolviendo la visita de generaciones anteriores en diversos países europeos.

Para emprender un viaje hace falta una capacidad, esas cualidades que nos convierten en aptos, aptas para poder emprender este tipo de viajes. Y, de esas capacidades (entre otras más específicas) se propuso hablar en estas Jornadas y nos pareció un punto de partida muy interesante.

La mirada no es libre, lleva nuestra ideología, nuestro particular color del cristal con que miramos el mundo. Por eso es importante leer la producción de los conceptos y las etiquetas que se confeccionan en ese proceso.

En AMPI (Asociación de Mujeres Profesionales por la Integración y la Igualdad) tratamos sobre la denominación a utilizar, inmigrantes o extranjeras, quizá la diferencia radique en que hablamos de procesos colectivos para el Estado de acogida e individual para la persona que cambia de país, aunque hay que admitir que nuestro movimiento o viaje produce efectos sociales porque no venimos con las maletas vacías, traemos nuestros modelos de vida, nuestras formas de hacer las cosas, y desde cualquier lugar donde interactuamos, producimos cambios.

Estoy aquí para contar la experiencia de AMPI, pero la Asociación tiene entre sus méritos contar con sus socias como sujetos productoras de ideas y no como objeto de actuación, por eso me he permitido la digresión inicial.

En AMPI nos convoca el hecho de ser mujeres, profesionales (en el sentido de contar con formación universitaria o superior) y de origen extranjero. Para nosotras es una exigencia inexcusable hacer visible el colectivo y con criterio cualitativo.

Los objetivos de la Asociación se concretan en la búsqueda de la igualdad efectiva, el empoderamiento de las mujeres, el esfuerzo por mantenernos en formación y producir conocimiento. Entendemos que desde el aporte a la sociedad donde estamos insertas, trabajando desde la perspectiva de género y para construir esas nuevas dimensiones del concepto de igualdad actualizado, es como se produce la integración.

Si hablamos de igualdad hoy, hablamos de perspectiva de género, sin ella es imposible llegar a la igualdad real, y en España, por mandato del artículo 9.2 de la CE de 1978 remover los escollos es una obligación de los poderes públicos.

Estudiar el impacto que por razón de género pueden producir las leyes además es un imperativo legal desde la promulgación de la Ley 30/2003 que modificó el artículo 22.2 de la Ley 50/1997 del gobierno cuando regula sobre la elaboración de los proyectos de leyes. Mas recientemente, se ha aprobado el Real Decreto 1083/2009, de 3 de julio sobre la regulación de la memoria del análisis de impacto normativo (incluido el de género) (BOE 18.07.2009).

Basta leer la Exposición de motivos de la primera normativa citada para advertir la influencia internacional en la incorporación de esta exigencia y el transcurso del tiempo, Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Pekín 1995), Beijin +5 (5 al 9 junio de 2000), Tratado de Ámsterdam (1 de mayo de 1999), y a partir de ahí todo un proceso de explicitación por parte de la Unión Europea hasta la elaboración de la herramienta conocida como “Guía para la Evaluación del Impacto en Función del Género”. Es decir, en España esta obligación también resulta exigible por aplicación del Derecho europeo.

Esta guía nos va a aportar conceptos básicos: sexo y género, igualdad entre hombres y mujeres, transversalidad (mainstreaming).

No por sabidos hay que dejar de recordar, sexo refiere a condicionantes biológicos y género a construcciones sociales y culturales; la igualdad entre hombres y mujeres representa admitir que el derecho fundamental (en principio individual) que contempla la prohibición de discriminar por razones de sexo implica varias vertientes (sociales y políticas): la obligación de transformar las condiciones estructurales que mantienen esas desigualdades y reconocer las diferencias de distintos orígenes para hacer posible la instauración de un nuevo orden para la igualdad efectiva. La incorporación de la perspectiva de género desde la transversalidad en las políticas y regulaciones jurídicas cierra el círculo que se propone esa modificación sustancial.

2. El estudio del impacto de género en las leyes.

La Coordinadora Estatal de Mujeres Abogadas, trabajó este tema en el XVIII Congreso celebrado en Almería en 2005, sobre “Inmigración, Violencia e Impacto de género” cuyas conclusiones están disponibles en www.cemabog.org, una de las ponencia abordó el “Estudio sobre el Impacto de género en las Leyes” y tomo de ese trabajo algunos ejemplos:

- La Ley 1/2004 sobre horarios comerciales. ¿Este asunto puede regularse sin pensar con perspectiva de género? Así se lo planteó el Gobierno en ese momento y no acompañó al proyecto el preceptivo informe y nadie se lo reclamó. Pero, ¿ a quienes afecta? ¿Tiene algo que ver con la conciliación de la vida laboral y familiar? ¿Incide en el uso del tiempo de las personas? Es de interés conocer estos datos desglosados por sexo y ver su incidencia y consecuencias previsibles. En esta aproximación al análisis estoy utilizando indicadores introducidos para determinar si en la norma se aplican los mandatos de igualdad y se aprecia su proyección transversal.

- Las Leyes de Presupuestos para los ejercicios 2004, 2005 y 2006 no contaron con los informes preceptivos de impacto de género, a partir de esas fechas, diversos colectivos feministas se movilizaron para pedir su cumplimiento y en 2009 se logra el objetivo a pesar de sus deficiencias.

- La Ley Orgánica 2/2004 modificatoria de la Ley Orgánica del Poder Judicial, contó con un informe que no parte del diagnóstico de la situación social que regula y literalmente decía:

“El Proyecto de Ley que nos ocupa tiene por objeto el reforzamiento de los principios de mérito y capacidad en el nombramiento de los magistrados del Tribunal Supremo y de los tribunales Superiores de Justicia, sin establecer medida discriminatoria alguna(positiva o negativa) en atención al sexo de los posibles afectados.

Por ello, el presente proyecto no promueve consecuencias negativas que favorezcan situaciones de discriminación entre mujeres y hombres. Es más, el fortalecimiento de los criterios objetivos de selección producirá, probablemente, el efecto contrario”

- El proyecto de Ley sobre la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, el informe decía:

“el anteproyecto de la ley de referencia no contiene prescripciones, ni de fondo ni de forma, que puedan implicar discriminación por razón de sexo”

En este caso, al igual que el anterior, confunde discriminación con posible impacto de género y la necesidad de arbitrar medidas para modificar la realidad desigual preexistente.

- El Proyecto de Ley Orgánica nº 121/000043/0000, de Educación (en ese momento en la Comisión de Educación y Ciencia) el informe sobre la valoración de impacto de género decía literalmente “las medidas que se incluyen en este proyecto de ley no conllevan impacto alguno por razón de género”.

3. Inmigración y género.

La Ley de Extranjería evidentemente produce impacto por razón de género y sus consecuencias no han sido evaluados adecuadamente llegando a crear desigualdades sangrantes para las mujeres, a extremos que en materia de violencia de género se han tenido que adoptar medidas para paliar esos efectos, pero ese análisis no es objeto de esta mesa.

Pero, si hablamos de las leyes, párrafo aparte merecerían los Reglamentos y entre los juristas de cierta edad se recuerda una afirmación del Conde de Romanones que voy a citar para que vosotras, vosotros valoréis su actualidad “¡ Haced vosotros las leyes y dejadme a mí los reglamentos!”

Estas nuevas herramientas utilizadas para avanzar en el desarrollo del derecho a la igualdad, no ya como un derecho individual respecto de otras personas sino con más intervención de los poderes públicos como obligados a construir el espacio social donde esa profundización fuera posible, pusieron de manifiesto la insuficiencia de la información existente y la necesidad de trabajar en el estudio de la realidad con otros criterios, obligaron por ejemplo a incorporar datos desglosados por sexo con el consiguiente efecto en el análisis de la información así obtenida. Comenzamos a ver que instituciones o modelos jurídicos aparentemente neutros no lo eran, en todo caso legalizaban desigualdades. En ese mismo sentido, el fenómeno de la inmigración y la falta de respuesta legislativa oportuna provocó la invisibilidad de un colectivo muy numeroso con la misma necesidad de ser analizado desde la perspectiva de género y percibir la realidad de las mujeres. Quiero decir con esto, que la inmigración a título individual suma discriminaciones y desigualdades, que todavía no se han abordado.

Con estos criterios leemos por ejemplo el informe sobre la homologación, convalidación y reconocimiento de estudios extranjeros publicados por el Ministerio de Educación referido a los años 2003 a 2007, en el año 2007 las homologaciones de estudios de:

Arquitecto técnico – sobre un total de 13, 7 fueron mujeres
Ciencias empresariales – total 436, 287 mujeres
Enfermería – total 1.382, 1220 mujeres
Trabajo social – total 115, 111 mujeres
Ingeniero técnico de comunicación – total 26, 4 mujeres
Ciencias de la actividad física y del deporte – total 211, 100 mujeres

Si a estos datos agregamos el país de origen:

Argentina, Bolivia y Brasil, total homologaciones en 2007 – 1843 y no figuran datos por sexo.
Colombia- total 3263, 2005 mujeres
Republica Dominicana 288, 159 mujeres
Marruecos 1.441, 566 mujeres
Francia 1.919, 1142 mujeres

Ahí quedan esas cifras para la reflexión sobre el impacto por razón de género.

Si hasta aquí hablamos de la obligación de estudiar el impacto de género en las leyes y los reglamentos, elaborar políticas para evitar sus efectos discriminatorios, la incorporación de los mismos criterios en la práctica administrativa sería la consecuencia lógica, sin embargo es una tarea que podemos calificar de incipiente cuando no constatamos que resulta contradictoria. Esperamos que las conclusiones de esta jornada sirvan para modificar esta realidad. Nada más y muchas gracias.

REGULADO EL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN DE LA MUJER

AMPI participó en el proceso de discusiones y debates protagonizados por distintas organizaciones del sector social, como aporte a la definición del funcionamiento, competencias y composición del CONSEJO DE PARTICIPACIÓN DE LA MUJER, organismo que fue regulado el pasado 20 de noviembre, mediante Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros.


El CONSEJO DE PARTICIPACIÓN DE LA MUJER tendrá las funciones de asesoramiento y propuesta sobre aquellas medidas de políticas de igualdad que se aborden por parte del Gobierno y será el órgano estatal de interlocución de las mujeres con las administraciones, que permitirá su participación en las políticas públicas para el avance de la igualdad y, con ello, la consecución efectiva del principio de igualdad de trato y de oportunidades para mujeres y hombres.

AMPI EN LA JORNADA “PROYECTO WANAWAKE WAHAMAJI”

El pasado 27 de octubre AMPI participó en la JORNADA PROYECTO WANAWAKE WAHAMAJI “Incorporación de la perspectiva de género en los servicios de atención a la población inmigrante”, organizada por la Comisión Española de Ayuda al Refugiado, CEAR-MADRID.

El Proyecto Wanawake Wahamaji, que significa mujeres inmigrantes en swahili, tiene como objetivo promover la incorporación de la perspectiva de género en los servicios de atención a población inmigrante.

En la jornada participaron profesionales de distintas organizaciones que intervienen con población inmigrante, buscado generar un espacio de encuentro, intercambio de conocimientos, experiencias y reflexiones sobre la intervención social, buscando insertar en la práctica cotidiana la perspectiva de género y las claves para seguir trabajando en el camino hacia la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.